Usuarios de redes sociales pueden ser penalizados por incitar al terrorismo

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Aunque son un medio de comunicación y expresión libre; te ayudan a estar al día en cuanto a información se refiere, por eso las redes sociales se volvieron una ventana para opinar; y mantenerse al día informado. Sin embargo; dichas redes especialmente Facebook y Twitter; se han convertido en foco de controversias debido al favorecimiento del anonimato entre los usuarios sin políticas para constatar fuentes; además de promocionar el odio por medio de noticias no verdaderas que  incitan en muchos casos a la violencia.

Son muchos los casos que ocurren donde los usuarios por medio de una cuenta falsa; proporciona mensajes en favor del odio e infringen en delitos y amenazas; y en medidas más extremas concurrir en terrorismo.

Usuarios que compartan imágenes y vídeos que inciten al odio;pueden ser penalizados

Sin embargo la Sala Segunda del Tribunal Supremo emitió una sentencia de cuando se comete algún delito por medio de las redes sociales; donde los usuarios realicen algún tipo de comentarios referentes al terrorismo. Dejando claro que retuitear mensajes en favor o haciendo algún homenaje a grupos terroristas, serán tomados como enaltecimiento al terrorismo.

El tribunal comenta que; el acusado basta con que de una manera u otra acceda a ese tipo de información y que la misma se expanda a otras personas.

Esta decisión se debe a un caso en particular donde se condenó a un usuario de la red social Twitter; a un año y medio de arresto por hacer público un vídeo con distintas imágenes sobre la organización vasca terrorista ETA y de los integrantes de la misma; luego retuitea una foto para conmemorar su día. A lo que alega el usuario que no eran de su autoría y que solo lo que había hecho era compartirlo.

Por lo que el Tribunal dejo en claro que; los usuarios que divulguen imágenes y compartan contenido de odio y terrorismo de otras cuentas se considera un delito.